Olas de calor: Trabajar con 40º de temperatura

noticia-ola de calor

Olas de calor: Trabajar con 40º de temperatura

La ley regula cómo trabajar con altas temperaturas

Con la llegada del verano hay que prestar especial atención a las olas de calor sobre todo para los trabajadores que, al estar trabajando al aire libre o en lugares con altas temperaturas (hornos, cocinas) tienen más posibilidades de sufrir algún percance por las altas temperaturas.

El gobierno asegura que en el verano de 2022 se produjeron en España un exceso 4.800 muertes como consecuencia de las altas temperaturas. Por eso se aprobó un decreto, el Real Decreto-ley 4/2023, que regula qué se debe hacer en caso de que las altas temperaturas pongan en riesgo la salud de los trabajadores.

¿Qué dice la ley?

Pues en una disposición única que hace referencia a las condiciones ambientales al aire libre señala:

  1. Si no se trabaja en lugares cerrados hay que proteger de forma correcta a los trabajadores ante las altas temperaturas.
  2. Esas medidas tendrán que ser evaluadas por riesgos laborales y serán proporcionales al trabajo que se desarrolle y al estado de cada trabajador.
  3. Si no se puede garantizar el bienestar del trabajador existe la posibilidad de que, entre las medidas preventivas, se prohíba hacer determinados trabajos en las horas del día con peores circunstancias meteorológicas.
  4. La normativa laboral no regula esas temperaturas. Sólo dice que será necesario poner en marcha esas medidas cuando la Agencia Estatal de Meteorología, AEMET, establezca avisos de alerta nivel naranja o rojo. En términos generales, los naranjas se emiten cuando está previsto que se superen los 37°, 39° o 40° según las zonas; y los rojos, con 38º, 40º o 44º también en función de la zona.

En caso de que se produzca esa situación, cada vez más habitual en España, las empresas se verán obligadas a modificar o reducir el horario laboral, empezando o terminando antes las tareas. Sí regula, sin embargo, las temperaturas en el interior del centro de trabajo que deben estar comprendida entre 17 y 27 grados (si no se realizan esfuerzos físicos) y entre 14 y 25 grados si se hacen trabajos ligeros.

  1. Según el Real Decreto estas medidas son de aplicación a todos los lugares de trabajo, pero se centran principalmente en aquellos que se ven obligados a trabajar al aire libre. Es el caso de jardineros, agricultores, albañiles, trabajadores de la limpieza, camareros o barrenderos, entre otros.

¿Cómo ayudar a un trabajador con un golpe de calor?

Según el sindicato UGT estas son las medidas que hay que tomar si un trabajador se ve afectado por el calor

  • Colocar al trabajador en una zona a la sombra y en un ambiente frío.
  • Se recomiendan duchas con agua fría (15-18ºC). El agua no debe ser inferior a esa temperatura.
  • Si el trabajador está consciente, suministrarle agua fría para beber. Si está inconsciente, colocarlo en posición de seguridad, recostado sobre un lateral de su cuerpo, con la cabeza ligeramente ladeada, el brazo inferior atrás, extendido, el superior flexionado hacia adelante y arriba y las piernas flexionadas, más la superior que la inferior. Otra posibilidad es cubrir el cuerpo con toallas húmedas, cambiándolas con frecuencia y, preferiblemente, en combinación con un ventilador.
  • Contactar con un médico y llevar al paciente al hospital lo más pronto posible.

 

 

 

 

 

 

 

Share this post

Ir al contenido