El Ministerio de Trabajo, a través de su servicio de inspección, está vigilante para que las empresas que se han acogido a un ERTE por COVID cumplan con la ley. De hecho, desde el mes de abril, se están realizando inspecciones. Según una información publicada por El Economista, dos de cada diez trabajadores aseguran que su empresa incumple el ERTE, se quejan, sobre todo, de que hacen más horas de las pactadas o que trabajan sin poder hacerlo. A día de hoy muchas empresas han recibido ya una notificación citándoles para hacer la inspección correspondiente.
Posibles irregularidades
- Mantener trabajando a empleados que han sido incluidos en un ERTE y están cobrando prestación. De esta manera las empresas se benefician de las rebajas en la cotización pero mantienen a los trabajadores en activo. La situación también beneficia a los empleados que cobrar en “B” y , a la vez, cobran del Estado. Muchas empresas justifican esta práctica en que es una manera de aprovechar al máximo las ayudas del Estado pero en un fraude que será sancionado.
- Falsear datos o documentos para conseguir prestaciones de forma fraudulenta. Si se presentan solicitudes que tengan falsedades o incorrecciones está considerado como infracción. Una de las más habituales es cambiar el sueldo o la categoría de los trabajadores para que la prestación por desempleo sea mayor.
- Contratar a personas de forma “falsa” para que formen parte del ERTE y que cobren la prestación por desempleo, sin haber trabajado realmente en la empresa.
- Subir injustificadamente la base de cotización para que el trabajador consiga mayor prestación por desempleo una vez incorporado al ERTE.
- Contratar nuevos trabajadores manteniendo a trabajadores en el ERTE. No es legal que nuevos trabajadores realicen las funciones de otros que están en ERTE o que se les contrate con una categoría laboral inferior y hagan trabajos de una categoría laboral superior, en este caso cobran menos de lo que les corresponde y cotizan menos a la Seguridad Social.
- Esa prohibido externalizar actividad durante la aplicación de los expedientes de regulación temporal de empleo.
- Los trabajadores reincorporados no pueden hacer horas extraordinarias mientras se mantiene a otros trabajadores en el ERTE.
- Solicitar el ERTE si no corresponde o aplicarlo de manera desproporcionada
Sanciones a empresas
Estas conductas se consideran como infracciones muy graves; y se sancionará por cada una de las personas que estén en situación irregular. Además, la empresa responderá solidariamente de la devolución de las cantidades indebidamente percibidas por la persona trabajadora.
En el caso del falseo de datos será la empresa la que devolverá directamente las ayudas e implicará multas que irán desde los 6.251 euros; a los 187.515 euros.
Además, estas infracciones llevan aparejadas pérdida de ayudas, bonificaciones y, en general, los beneficios derivados de la aplicación de los programas de empleo o formación profesional para el empleo, con efectos desde la fecha en que se cometió la infracción.
Sanciones a los trabajadores
En caso de sanciones graves podrían acarrear la pérdida de pensión o prestaciones durante seis meses o la pérdida del paro, además de abonar las cantidades recibidas de forma ilegal.
Sólo un 5% de empresas inspeccionadas
Entre abril y el 13 de agosto se han realizado casi 27.850 actuaciones de la Inspección de Trabajo. Dado que las empresas a las que se ha aprobado un ERTE rondan las 530.000, el porcentaje de sociedades sobre las que ha actuado la Inspección es del 5,25% del total. Según la agencia EFE todavía no se sabe cuántas de estas actuaciones han terminado en acta de infracción ya que el Ministerio de Trabajo todavía no ha facilitado esa información.